Normativa del patinete eléctrico en Las Palmas de Gran Canaria 2026: casco, edad, zonas y multas
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En Las Palmas de Gran Canaria puedes circular por carriles bici, aceras bici y zonas 30, nunca por acera ni zona peatonal (hasta 100 €). La edad mínima es de 16 años. El Ayuntamiento indica que el casco no es obligatorio para mayores de 18 — pero eso cambia el 1 de octubre de 2026, cuando pasa a serlo en toda España. Pasar de 25 km/h: 500 €.
Las Palmas de Gran Canaria es un buen ejemplo de por qué conviene mirar la fuente municipal y no fiarse de lo que circula por internet: varias publicaciones afirman que el casco es obligatorio para todos los usuarios en la ciudad, y la propia web del Ayuntamiento dice lo contrario.
Vamos con lo que dice la fuente oficial, y con la fecha que lo va a cambiar todo de todos modos.
El casco: lo que dice el Ayuntamiento y lo que va a pasar
La información municipal sobre normas de uso de los VMP señala que el casco no es obligatorio para mayores de 18 años, si bien lo describe como “un elemento de protección imprescindible” que recomienda a todas las edades.
Ahora bien, esto tiene fecha de caducidad. El Real Decreto 518/2026 impone el casco homologado y abrochado a todos los conductores de VMP en toda España desde el 1 de octubre de 2026, con independencia de lo que diga cada ordenanza.
Dicho de otro modo: si lees esto antes de octubre, en Las Palmas el casco es recomendable; a partir de esa fecha, es obligatorio y su ausencia es sancionable. Y no hará falta que el Ayuntamiento cambie ni una coma.
Edad mínima: 16 años
El Ayuntamiento fija en 16 años la edad mínima para usar patinetes eléctricos en la ciudad. Los menores de esa edad no pueden circular con ellos y, según indica expresamente la información municipal, “en caso de que incurran en infracciones serán sus padres o tutores los responsables”.
Ese listón es más exigente que el estatal, que desde el 1 de octubre de 2026 se sitúa en 15 años. Cuando ocurre esto, manda el más restrictivo: en Las Palmas, 16.
Si tienes hijos adolescentes, te interesa la guía para padres.
Por dónde se puede circular
| Vía | ¿Permitido? |
|---|---|
| Carril bici | Sí |
| Acera bici | Sí |
| Zonas 30 | Sí |
| Acera | No |
| Zona peatonal | No, salvo autorización expresa en vías concretas |
El Ayuntamiento contempla excepciones puntuales en vías señaladas expresamente. Como esas autorizaciones pueden modificarse, lo prudente es consultar la información municipal actualizada antes de dar por hecho que una calle concreta está permitida.
Circular por donde no se debe se sanciona con hasta 100 euros.
Las multas, según el Ayuntamiento
| Infracción | Sanción |
|---|---|
| Circular por vía no permitida | Hasta 100 € |
| Superar los 25 km/h | 500 € |
| Estacionamiento indebido | Hasta 200 € |
| Móvil o auriculares durante la conducción | Hasta 200 € |
| Circular sin luces o sin elementos reflectantes de noche | Hasta 200 € |
| Alcohol o drogas | Hasta 1.000 € |
Sobre el alcohol, el Ayuntamiento aplica las mismas tasas que al resto de conductores: 0,25 mg/l en aire espirado o 0,5 g/l en sangre, y prohíbe circular con presencia de drogas. Coincide con el criterio estatal que detallamos en la guía de alcohol y drogas en patinete.
Otras normas de la ciudad
- Velocidad máxima de 25 km/h, coherente con el límite estatal por diseño del vehículo.
- Uso individual: no se puede llevar a otra persona. El Ayuntamiento lo justifica en que se trata de un vehículo “no capacitado para transportar a varias personas”.
- Prohibido transportar mercancías.
- De noche, obligatorio llevar las luces reglamentarias encendidas y prendas o elementos reflectantes.
- Estacionamiento solo en lugares habilitados, sin obstaculizar a peatones ni a otros vehículos.
Una ordenanza nueva en camino
Conviene saberlo: el Ayuntamiento ha trabajado en una Ordenanza de Movilidad Sostenible que incorpora una regulación más detallada de los VMP, sometida a proceso participativo. Cuando entre en vigor, algunos de los puntos anteriores pueden cambiar.
Nosotros revisamos estas páginas periódicamente, pero si vas a tomar una decisión importante, confírmalo en la web municipal.
No olvides lo estatal
La ordenanza regula dónde y cómo circulas. Lo demás lo marca el Estado y se aplica igual en Las Palmas que en cualquier otra ciudad:
- Seguro de responsabilidad civil obligatorio desde 2026.
- Inscripción en el registro de la DGT y etiqueta identificativa.
- Certificado de circulación, imprescindible para circular desde el 22 de enero de 2027.
- Casco obligatorio desde el 1 de octubre de 2026.
Fuentes: Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria — Normas de uso de los vehículos de movilidad personal · Real Decreto 518/2026, de 24 de junio · Real Decreto 52/2026, de 28 de enero · Ley 5/2025, de 24 de julio
Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento legal. Las ordenanzas municipales se modifican: verifica los datos en la web del Ayuntamiento antes de tomar decisiones. Última revisión: julio de 2026.
📋 ¿Qué dice la ley estatal? Consulta el estado de la normativa del patinete (seguro, casco, DGT…) y la normativa en otras ciudades.
Fuentes oficiales
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio el casco en patinete en Las Palmas de Gran Canaria?
El Ayuntamiento indica que el casco no es obligatorio para mayores de 18 años, aunque lo recomienda a todas las edades. Ojo: eso cambia el 1 de octubre de 2026, cuando el casco pasa a ser obligatorio en toda España por el Real Decreto 518/2026.
¿Qué edad mínima hay para llevar patinete en Las Palmas?
El Ayuntamiento fija la edad mínima en 16 años. Los menores de 16 no pueden usar patinetes eléctricos y, si cometen infracciones, la responsabilidad recae en sus padres o tutores.
¿Por dónde puedo circular en patinete en Las Palmas de Gran Canaria?
Por carriles bici, aceras bici y zonas 30. Está prohibido circular por aceras y zonas peatonales, salvo autorización expresa en vías concretas. Incumplirlo se sanciona con hasta 100 euros.
¿Cuánto es la multa por ir a más de 25 km/h en Las Palmas?
Superar el límite de 25 km/h está penalizado con 500 euros según indica el Ayuntamiento en su información sobre normas de uso de VMP.
¿Puedo llevar a otra persona en el patinete?
No. El Ayuntamiento recuerda que se trata de un vehículo de movilidad personal no capacitado para transportar a varias personas. También está prohibido transportar mercancías.
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