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Tu hijo causa un daño con el patinete: hasta dónde llega tu responsabilidad

Por Equipo PatineteConSeguro Verificado con fuentes oficiales

Respuesta rápida

Sí, respondes. El Código Civil hace responder a los padres de los daños causados por los hijos menores que están bajo su guarda. Con seguro en regla, paga la póliza; sin seguro, o con un menor que no tenía edad para conducir, respondes con tu patrimonio y la compañía tiene argumentos para no cubrirlo. Desde el 1 de octubre de 2026 la edad mínima estatal es de 15 años, y algunas ciudades exigen 16.

Tu hijo de catorce años sale con el patinete, se cruza con una señora en la acera y le rompe la muñeca. La familia reclama. ¿Quién paga?

La respuesta legal es clara y a mucha gente le sorprende: tú. Y conviene entender exactamente por qué, porque de ahí salen las decisiones que te protegen.

Lo que dice el Código Civil

La responsabilidad civil no se limita a los actos propios. El artículo 1903 del Código Civil establece que los padres responden de los daños causados por los hijos que se encuentren bajo su guarda.

Dos precisiones importantes:

  • Es una responsabilidad por hecho ajeno: respondes tú aunque no estuvieras allí.
  • La norma prevé que cesa cuando se prueba que se empleó toda la diligencia de un buen padre de familia para prevenir el daño. En la práctica, los tribunales aplican ese criterio con bastante exigencia.

Esa segunda parte es la que debe guiarte: la diligencia se demuestra con hechos, y los hechos se preparan antes del accidente, no después.

Cómo encaja el seguro obligatorio

Desde 2026, todo patinete debe circular con seguro de responsabilidad civil, con límites de 6,45 millones por daños personales.

Si el patinete está asegurado y el uso encaja en la póliza, el mecanismo funciona: la víctima cobra de la aseguradora, no de tu bolsillo. Ese es exactamente el motivo por el que el seguro se hizo obligatorio.

El problema aparece cuando algo no encaja.

Los tres escenarios que te dejan expuesto

1. Sin seguro. Respondes con tu patrimonio de toda la indemnización, que con secuelas puede alcanzar cifras de seis dígitos, calculadas con el baremo que explicamos en atropellas a un peatón. Y súmale la multa por circular sin seguro: 250 a 800 €.

2. El menor no tenía edad para conducir. Desde el 1 de octubre de 2026 no pueden conducir un VMP los menores de 15 años, y algunas ordenanzas son más exigentes: Las Palmas de Gran Canaria fija 16. Permitir que conduzca quien no puede hacerlo legalmente destruye cualquier argumento de diligencia y da a la aseguradora un motivo sólido para no cubrir o para reclamarte después.

3. La póliza no cubre a ese conductor. Muchas pólizas designan conductor o exigen una edad mínima. Es el mismo problema que analizamos en prestar el patinete, agravado porque aquí el conductor es menor.

Lo que debes hacer antes de que lo use

Cinco cosas concretas. No son consejos genéricos: son las que después acreditan diligencia.

1. Comprueba la edad mínima en tu ciudad, no solo la estatal. Manda la más restrictiva.

2. Pregunta por escrito a tu aseguradora si la póliza cubre a un conductor menor de edad y a partir de qué edad. Guarda la respuesta: es prueba.

3. Casco, siempre. Obligatorio en toda España desde el 1 de octubre de 2026, y en menores ya lo exigían muchas ordenanzas antes.

4. Explícale por dónde puede circular. Nada de aceras: es la infracción más frecuente y la que peor deja tu posición si hay reclamación.

5. Comprueba que el patinete esté inscrito en la DGT y con la etiqueta puesta.

Todo el marco para familias está en la guía para padres.

¿Y el seguro de hogar?

Muchas pólizas de hogar incluyen una responsabilidad civil familiar que cubre los daños causados por los hijos menores. Suena a solución perfecta y tiene un matiz decisivo:

Es habitual que esas coberturas excluyan los daños derivados de la circulación de vehículos a motor o de vehículos que tengan seguro obligatorio propio. Y el patinete, desde 2026, lo tiene.

Es decir: no des por hecho que tu seguro de hogar tapa este agujero. Pregúntalo por escrito, como recomendamos en ¿tu seguro de hogar cubre el patinete?.

Si el patinete no era tuyo

La responsabilidad de los padres deriva de la guarda del menor, no de quién sea el dueño del vehículo. Que tu hijo cogiera el patinete de un amigo no te libera.

Lo que sí puede ocurrir es que se sume la responsabilidad de quien se lo prestó: ceder un vehículo a alguien que no puede conducirlo legalmente tiene sus propias consecuencias, como explicamos en prestar el patinete.

Si el que ha sufrido el daño es tu hijo

El escenario inverso también existe. Si a tu hijo lo atropella un coche o un patinete, tienes derecho a reclamar en su nombre. Los pasos están en te atropella un coche y en te atropella un patinete.

En ambos casos, la regla de oro es la misma: policía, testigos y médico el mismo día.

Reduce el riesgo (y tu responsabilidad)

Si respondes por lo que haga tu hijo, la prevención te protege a los dos: casco, protecciones y un patinete adecuado a su edad.

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Fuentes: Código Civil, artículo 1903 · Ley Orgánica 5/2000, reguladora de la responsabilidad penal de los menores · Ley 5/2025, de 24 de julio · Real Decreto 518/2026, de 24 de junio · DGT — Vehículos de Movilidad Personal

Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento legal ni de seguros. Si te enfrentas a una reclamación, consulta con un abogado. Última revisión: julio de 2026.

📋 ¿Sigue en vigor? Consulta el estado actualizado de la normativa del patinete: qué te obliga hoy y qué llega después, con enlace al BOE.

Fuentes oficiales

Preguntas frecuentes

¿Responden los padres de los daños que cause su hijo con el patinete?

Sí. El Código Civil establece que los padres responden de los daños causados por los hijos menores que se encuentren bajo su guarda. Es una responsabilidad civil que existe con independencia de que haya seguro.

¿El seguro del patinete cubre a mi hijo menor?

Depende de la póliza. Algunas cubren el uso del vehículo con independencia de quién lo conduzca y otras designan conductores concretos o exigen una edad mínima. Confírmalo por escrito con tu compañía antes de que lo use.

¿Qué pasa si mi hijo no tenía la edad mínima para conducir?

Tu posición empeora mucho. Desde el 1 de octubre de 2026 no pueden conducir un VMP los menores de 15 años, y algunas ordenanzas exigen 16. Permitirlo es una infracción y da argumentos a la aseguradora para no cubrir el siniestro.

¿Puedo evitar responder si el patinete no era mío?

La responsabilidad de los padres deriva de la guarda del menor, no de la titularidad del vehículo. Que el patinete fuera de un amigo no te libera, aunque puede añadir responsabilidad a quien se lo prestó.

¿Cubre esto el seguro de hogar?

La responsabilidad civil familiar de muchas pólizas de hogar cubre daños causados por los hijos, pero suele excluir los derivados de la circulación de vehículos a motor y de vehículos con seguro obligatorio propio. Verifícalo por escrito.

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